Ley de Protección de Datos.


Introducción:

Desde tiempos atrás las empresas han manejado una fuerte cantidad de datos personales que son cualquier información relacionada con la identidad de un individuo. Las empresas al tener grandes cantidades de información confidencial son una fuente vulnerable ante los incidentes de pérdida de datos, utilización de los mismos de forma ilícita o bien abusos de información personal que se llevan a cabo día con día por las empresas en todas las industrias en nuestro país, para lo cual en Julio del 2010 se expide en México la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. 

Desarrollo:

El extenso uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones ha permitido que en muchas ocasiones los datos personales sean utilizados para fines distintos a los que originalmente fueron recabados y con ello cabe la posibilidad de que sean transmitidos a terceras personas violando así la privacidad del individuo titular de los datos, como ha sido mencionado los datos personales son información relacionada con la identidad de una persona, para ello se crea en el 2011 la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio del 2010 y que un año más tarde entra en vigor, esta ley es aplicada a todas las personas físicas y morales que recaben datos personales para fines comerciales o de divulgación, no importando su tamaño ni giro comercial, a partir del 6 de julio de 2011 todas las empresas y personas físicas debían contar con un Aviso de Privacidad el cual “es un documento generado por la persona física (profesionista, médico, consultor, etc.) o moral (empresa o negocio de carácter privado) responsable de la recopilación y tratamiento adecuado de datos personales y debe ser puesto a disposición del titular de los datos” (LFPDPPP) y éste documento puede ser físico, electrónico o sonoro, debe ser sencillo, de fácil comprensión y debe incluir información clara y específica sobre ¿quién recopila los datos?, ¿qué datos recopila?, ¿con qué finalidad los recopila?, ¿cómo limitará su uso y divulgación?, cuál es el procedimiento que tiene el titular para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre los datos y la aceptación o negativa para autorizar la transferencia de datos a terceros.
Y a partir del 6 de enero del 2012 los titulares de los datos ya pueden ejercer ante las empresas responsables del trámite de sus datos cualquiera de sus derechos ARCO.
Con ésta ley se reconoce el derecho fundamental de que nuestros datos personales sean protegidos y regula la forma y condiciones en que deben utilizarse por parte de las personas físicas y morales en el ámbito privado.

El organismo en México que tiene la facultad de difundir, promover su ejercicio y vigilar su aplicación es el IFAI, dicho instituto podrá llevar a cabo inspecciones a los sistemas de bases de datos de las empresas a fin de corroborar el debido cumplimiento de la LFDPDPPP, así mismo están “las secretarias de Economía, Salud, Comunicaciones y Transporte, Hacienda y Crédito Público y Educación, las cuales establecerán normas específicas para la protección de datos personales en los sectores económico, de salud, telecomunicaciones, financiero y educativo.” (LFPDPPP)

Conclusiones:

En la actualidad el manejo de comunicaciones e intercambio de datos es una práctica cotidiana, tanto para el sector público como para las empresas, los datos personales son un factor determinante en la venta de bienes, contratación de servicios, ofertas de empleo etc. por lo cual considero que esta ley es esencial ya que nos otorga el derecho de decidir a quién le proporcionamos nuestra información, cómo y para qué y de esta forma garantiza que nuestra información sea protegida, para evitar que los datos sean utilizados para una finalidad distinta, evitando que se afecten nuestros derechos y libertades

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